El BOE de 27 de julio publica el Real Decreto-ley 13/2022, por el que se establece un nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia o autónomos.
Se establece un nuevo sistema de cotización por tramos que afectará a todos los trabajadores que coticen en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y lo que pretende es aproximar las bases de cotización de las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas a sus ingresos reales.
Las principales novedades de la reforma son las siguientes:
La cotización a partir de ahora se efectuará en función de los rendimientos anuales obtenidos por los trabajadores por cuenta propia.
En los próximos tres años se realizará, teóricamente, un despliegue progresivo de un sistema de tramos que determinará las bases de cotización y las cuotas en función de los rendimientos netos del trabajador autónomo.
Los autónomos podrán cambiar su cuota, según su previsión de ingresos hasta seis veces al año.
Las bases elegidas tendrán carácter provisional, puesto que al final del ejercicio fiscal y una vez conocidos los rendimientos netos anuales, se regularizarán las cotizaciones, devolviéndose o reclamándose cuotas.
A estos ingresos anuales se les deducirán todos los gastos producidos en ejercicio de la actividad.
Si el trabajador autónomo prevé que sus rendimientos van a ser inferiores al salario mínimo interprofesional (SMI) en cómputo anual, se prevé la posibilidad de elegir base de cotización dentro de una tabla reducida.
> Se regula una tarifa plana (cuota bonificada) para los nuevos autonónomos de 80€ durante 12 meses, extensible a otros 12 meses adicionales cuando los ingresos netos siguen siendo bajos.
> Además, se regula la cotización en supuestos de compatibilidad de jubilación y trabajo por cuenta propia, así como una cotización reducida para los trabajadores con 65 o más años.
> A nivel de acción protectora, se amplían las modalidades de la protección por cese de actividad (asimilable a la prestación por desempleo del Régimen General) para mejorar la cobertura de distintas contingencias, como en caso de una interrupción parcial de la actividad, y se adapta a los autónomos la protección que proporciona a los trabajadores por cuenta ajena el mecanismo RED establecido en la última reforma laboral para situaciones de crisis cíclicas o sectoriales.
Por último, antes del 1 de enero de 2026, el Gobierno determinará el calendario de aplicación del nuevo sistema de cotización por ingresos reales, que contemplará el despliegue de la escala de tramos de ingresos y bases de cotización a lo largo del siguiente período, con un máximo de 6 años.