Contacta con nosotros
+34 629 26 49 34

ACCIDENTE DE TRABAJO

En nuestro despacho un Abogado especialista en laboral le asesorará personalmente sobre un posible Accidente de Trabajo, así como sobre enfermedades profesionales. Igualmente importante que el accidente es la enfermedad profesional, entre las cuales incluiremos también el mobbing laboral.

Un Accidente de Trabajo es una lesión sufrida en el ámbito laboral, por lo tanto, cualquier trabajador tiene derecho a ser indemnizado por sufrir un accidente o enfermedad que sea consecuencia directa de su relación laboral.

Los accidentes más frecuentes son los sufridos en el propio trabajo, desarrollando las funciones habituales, pero hay muchas otras situaciones que se consideran como accidente de trabajo o enfermedad profesional. Así por ejemplo, se considera accidente de trabajo in itinere el sufrido al ir o al volver del trabajo. El accidente en misión sufrido por el trabajado encargado de una misión concreta, los sufridos en la hora de la comida o almuerzo o los sufridos por cargos sindicales también son accidentes laborales. En nuestro blog encontrará artículos al respecto con numerosos ejemplos.

Por otra parte, las enfermedades profesionales tienen que tener igualmente una relación directa con el trabajo realizado. Así, por ejemplo, se ha considerado enfermedad profesional el contagio de hepatitis por parte de una enfermera, aquí es evidente que la trabajadora no padece anteriormente la enfermedad, que la misma se produce por contagio en el ámbito de su trabajo, que es una actividad listada por el Ministerio, y que evidentemente la enfermedad tiene persistencia y gravedad suficiente para iniciar los trámites incluso de baja.

De forma contraria NO se consideró accidente de trabajo un síndrome de túnel carpiano claro porque el trabajador llevaba poco tiempo trabajando con las funciones que teóricamente podrían haber ocasionado la enfermedad y porque el trabajo que realizaba era de intensidad leve.

Asimismo, no suelen considerarse así tampoco los accidentes debidos a imprudencia temeraria del trabajador o trabajadora, que se dan principalmente cuando el accidentado ha actuado de manera contraria a la legislación, a las normas u órdenes dadas por la empresa, o incluso vulnerando gravemente la normativa de prevención de riesgos por causa imputable maliciosa o negligentemente grave al trabajador. Si en el mismo supuesto se da una situación de riesgo manifiesto, que a la vez sea innecesario y grave, la mayoría de los juzgados van a entender que existe una imprudencia temeraria por parte del trabajador.

En definitiva, nuestro despacho está a disposición suya para consultar la incidencia concreta, si puede revestir carácter o no de enfermedad profesional o accidente, y si procede una indemnización importante, o al menos un complemento  en su salario, nuestra primera consulta es siempre gratuita.

Además de ello, este despacho de especialistas en derecho y reclamaciones laborales, tiene un convenio con una importante clínica para que valore el daño y en su caso la posible indemnización, así como un estudio de las causas ate una posible reclamación judicial contra la Mutua o la empresa si éstas no cumplen sus obligaciones laborales.

Si el accidente puede devenir en una incapacidad le aconsejamos lea también nuestra sección de incapacidad permanente, o nos remita su consulta concreta por email.

El Ministerio de Empleo y Seguridad social publica periódicamente unas estadísticas sobre accidentes de trabajo que permiten estudiar en qué sectores hay más siniestralidad o cuáles son las principales causas de los Accidentes de Trabajo. Asimismo, encontrará también la forma de evaluar el riesgo de accidente laboral en las empresas, una herramienta útil para minimizar riesgos laborales.

prevenir-accidentes-de-trabajo

Abogado especialista en laboral le asesora sobre accidentes de trabajo