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Despido nulo por enfermedad

Despido nulo por enfermedad

Por primera vez una Sentencia en España reconoce un despido nulo por estar de baja. La nulidad viene dada por ser discriminatorio que un trabajador sea despedido mientras se encuentra en una situación de incapacidad temporal. La sentencia se basa en la doctrina del Tribunal de Justicia de la UE de 1 de diciembre de 2016y atiende a los nuevos criterios de la Directiva comunitaria.

El Tribunal Supremo hasta el momento ha amparado a las empresas que manifestaban la «falta de rentabilidad en el mantenimiento del puesto de trabajo» y en todo caso podían dar lugar a un despido improcedente, pero nunca nulo.

Ahora, para el magistrado de ésta sentencia, la nueva jurisprudencia y Directiva comunitaria obliga necesariamente a modificar dicha doctrina en el sentido de que la “perspectiva estrictamente funcional de incapacidad para el trabajo, que hace que el mantenimiento del contrato de trabajo del actor no se considere rentable para la empresa,” deberá ceder, necesariamente, ante la prohibición de discriminación por discapacidad –directa e indirecta- establecida en la Directiva, como mínimo cuando tal “incapacidad” pueda devenir “duradera”.

despido estando de baja

Sentencia sobre despido mientras el trabajador estaba de baja que ha sido declarado nulo según normativa europea.

Un cambio para los Abogados laboralistas…. pero todavía no para un Abogado de Gandía

Desde luego se abre un período nuevo, que no sabemos si seguirá recogiéndose o no esta doctrina. Como Abogado laboral en Gandía poco podemos decir, los Juzgados laborales de Valencia aún no se han pronunciado. Hasta la fecha el Tribunal Supremo había considerado estos despidos como improcedentes, pero ahora el juez plantea si a la luz de la normativa y jurisprudencia comunitaria, puede llegarse a solución contraria y considerar que tales despidos (por causa de accidente de trabajo) sí lesionan el principio de igualdad y la prohibición de discriminación, el derecho a la integridad física y a la salud, el derecho al acceso a las prestaciones de seguridad social (sanitarias y económicas) y el propio derecho al trabajo (que integra el derecho a no ser despedido sino es por un motivo “justo”), principios y derechos recogidos todos ellos en la Carta de derecho de la UE.

Abogado de despidos en Gandia

Abogado de despidos en Gandia

Como hemos indicado, todavía no podemos decir que en un despido en Gandía, estando de baja por enfermedad o incapacidad, se vaya a aplicar esta doctrina, puesto que es una sentencia de un tribunal catalán. No sabemos aún los Juzgados de Valencia, (donde se deciden los despidos en Gandía) qué dirán.

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